10 agosto 2013

Diez años de un atentado contra el patrimonio: la destrucción de la antigua plaza de toros de Ubrique, construida en 1909

Destrucción de la antigua plaza de toros, el 10 de agosto de 2003.

El sábado 10 de agosto de 2013 se cumplió el décimo aniversario del derribo de la antigua plaza de toros de Ubrique, que había sido construida en 1909 y por tanto en 2013 habría cumplido 104 años. La empresa “Gestión Inmobiliaria Ubriqueña” llevó a cabo la demolición del histórico coso con licencia municipal el 10 de agosto de 2003. El derribo, basado en una licencia concedida en abril de 2003 por el equipo de gobierno socialista y mantenida en agosto por el equipo de gobierno presidido por el andalucista Javier Cabezas, se hizo sin establecerse las medidas de seguridad preceptivas. La demolición se hizo con dos máquinas excavadoras, en presencia de los flamantes dueños del solar, José Luis López, conocido como “El Turronero”, y su socio, acompañados por el ex jefe de la Policía Local de Ubrique, Carlos Carretero. El derribo, llevado a cabo en un momento en que numerosos ciudadanos se encontraban de vacaciones, fue presenciado por una treintena de vecinos, que silbaron y gritaron contra la demolición al comienzo de la actuación de las excavadoras. La empresa demoledora tenía previsto construir bloques de viviendas de cuatro plantas en el solar que hasta el domingo 10 de agosto de 2003 ocupaba el coso histórico. Sin embargo, diez años después, el solar continúa vacío. Dicha demolición se hizo pese al parecer contrario de mil vecinos ubriqueños, quienes en julio de 2003 dirigieron al Ayuntamiento sus pliegos de firmas para que el Pleno cancelara la licencia de derribo. El Pleno del Ayuntamiento, sin embargo, no tuvo en cuenta esta petición del vecindario y mantuvo la autorización de derribo. La solicitud de protección de la plaza sólo fue apoyada por IU, siendo rechazada por la coalición PA-PP, mientras que el PSOE se abstuvo. Además, varios colectivos se dirigieron el Defensor del Pueblo y a la Consejería de Cultura para evitar la destrucción del monumento y para solicitar la declaración del edificio como bien de interés cultural. La Consejería, en un primer momento, paralizó cautelarmente el derribo, pero seguidamente rechazó la declaración de bien de interés cultural y abrió paso a que el Ayuntamiento respaldara la destrucción, pues tampoco éste solicitó la protección de esta obra arquitectónica que en 2009 habría llegado a ser centenaria. La Asociación Papeles de Historia denunció que se había cometido “un atentado contra el patrimonio histórico y arquitectónico de Ubrique”.

Tras el derribo, la Asociación Papeles de Historia difundió un comunicado en el que mostraba su “rotunda repulsa por la demolición de este elemento de nuestro patrimonio histórico, sin atender a:
- Las 1000 firmas de ciudadanos ubriqueños que defienden la conservación del coso.
- El recurso presentado al Defensor del Pueblo Andaluz.
- Las propuestas de alternativas de uso público futuro del inmueble presentadas a los poderes políticos.
- Las alegaciones presentadas a la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico.
- La visita prevista de arquitectos de primera fila para documentar el valor histórico de la plaza.
Criticamos que contra todas nuestras gestiones y argumentaciones, razonadas y documentadas, se ha respondido con la fuerza destructora de las máquinas avalada por el poder del dinero”.


Antigua plaza de toros de Ubrique.
Antes de la demolición

Antes de la demolición, la Asociación Papeles de Historia había difundido un comunicado en el que pedía la preservación del coso. El manifiesto, fechado el 21 de julio de 2003, era el siguiente:
1. Apoyamos la conservación de la antigua plaza de toros de Ubrique, al considerarla un edificio singular que data del año 1909, por lo que dentro de seis años cumplirá su centenario.
2. Defendemos el interés histórico, arquitectónico, cultural y sentimental del antiguo coso, una de las manifestaciones de la arquitectura civil de principios del siglo XX y de las escasas señas de identidad que van quedando en Ubrique.
3. Por su antigüedad, es una de las diez plazas de toros más veteranas de la provincia y uno de los escasos ejemplos de este tipo de construcciones en la Sierra de Cádiz, edificada en un período de auge de la afición de la fiesta en nuestra comarca. Esta plaza, por su antigüedad, debería ser incluida en el catálogo de plazas de toros de más de cincuenta años que elabora la Junta de Andalucía.
4. Consideramos que este edificio y su espacio, respetando su historia y sus características, pueden tener en un futuro un uso público de tipo cultural, recreativo, museístico o turístico. Por ejemplo, se podría instalar en las dependencias del antiguo coso una exposición permanente sobre la historia de la tauromaquia en Ubrique, desde sus inicios, en el siglo XVIII, hasta la actualidad, pasando por todas las figuras que ha dado este pueblo y teniendo en cuenta el carácter popular de estos espectáculos. Esta utilización serviría como un gran reclamo turístico, aprovechando la repercusión social que ha adquirido en los últimos tiempos el nombre de Ubrique relacionado con el mundo de los toros. De igual modo, se propone utilizar el ruedo como lugar de celebración de distintas actividades al aire libre: conciertos, cine de verano, parque infantil, fiestas escolares, muestras temporales, etc., todo lo cual tendría una gran rentabilidad social y el pueblo recuperaría un espacio que ha ocupado un lugar central en la vida de este pueblo durante el siglo XX.
5. Existen en la provincia de Cádiz ejemplos de otros cosos históricos que se han demolido en aras de un mal entendido progreso y hoy los ciudadanos de esas localidades lamentan el hecho. Consideramos que en Ubrique aún se está a tiempo de evitar una situación semejante.
6. Solicitamos al Ayuntamiento la catalogación de la antigua Plaza de Toros de Ubrique, dentro del Planeamiento Municipal, mediante la pertinente modificación puntual de la Normativa Urbanística en vigor.
7. Esperamos que estas consideraciones sean tenidas en cuenta por el Pleno del Ayuntamiento de Ubrique en aras de la conservación del patrimonio arquitectónico e histórico y de las señas de identidad singulares de nuestra localidad.

Defensor del Pueblo
Asimismo, las asociaciones Papeles de Historia y Taller de Medio Ambiente (Tamal) y el grupo político Izquierda Unida de Ubrique recurrieron el martes 5 de agosto de 2003 al Defensor del Pueblo Andaluz para solicitarle que hiciera las gestiones oportunas para evitar la demolición de la antigua plaza de toros de la localidad, datada en 1909.
El texto enviado al Defensor del Pueblo decía así: “Sr. D. José Chamizo, Defensor del Pueblo Andaluz (Sevilla): Los representantes de los colectivos abajo firmantes, se dirigen a la institución del Defensor del Pueblo Andaluz para exponer lo siguiente:
1.- En abril de 2003 el Ayuntamiento de Ubrique (Cádiz) concedió licencia de derribo de la histórica plaza de toros de esta localidad, construida en 1909 y uno de los cosos más antiguos de la provincia de Cádiz, a la empresa “Gestión Inmobiliaria Ubriqueña”, para que construyera un bloque de viviendas de cuatro plantas, para lo que fue necesario modificar en este punto la normativa urbanística local. Y aunque desde el pasado 28 de julio la nueva Corporación Municipal paralizó la tramitación del PGOU aprobado inicialmente el mes de mayo anterior, se continuó adelante con la autorización para demoler el histórico coso.
2.- La Comisión Provincial del Patrimonio Histórico de Cádiz emitió un informe el 14 de julio de 2003 informando desfavorablemente sobre la propuesta de protección de la antigua plaza de toros que se le hizo. Este informe contiene un dato falso, relativo a la fecha de construcción del coso, y entra en valoraciones subjetivas sin fundamento alguno, como hacer responsable del estado de la plaza a la población, “que en su momento no apostó por su conservación permitiendo la construcción de otra nueva plaza”. Todo ello pese a que la propia Junta de Andalucía elabora actualmente un catálogo de plazas de más de 50 años y a que la plaza de toros ubriqueña tiene 94 años y es de las diez más antiguas de toda la provincia de Cádiz.
3.- El Ayuntamiento de Ubrique no ha hecho uso de sus competencias para proteger este histórico coso, pese a que desde la propia Comisión Provincial del Patrimonio Histórico se le sugería la posibilidad de hacerlo “mediante la pertinente modificación puntual de la normativa urbanística en vigor”.
4.- Un grupo de colectivos y de ciudadanos de la localidad, en su derecho de conservar lo que se considera patrimonio histórico, han formado una plataforma para defender la conservación y el uso social y cultural de la antigua plaza de toros de Ubrique. Se ha desarrollado una campaña informativa con un Manifiesto para ser suscrito por los ciudadanos (que se adjunta, junto con otra documentación). En sólo tres días se han recogido 1.000 firmas de apoyo, que se han presentado al Pleno del Ayuntamiento el pasado 28 de julio, con ocasión de una moción presentada para la conservación y catalogación del coso.
5.- Estas iniciativas no han sido tomadas en cuenta por las autoridades municipales, que persisten en su intención de autorizar la destrucción de este patrimonio histórico. Estos ciudadanos y colectivos se sienten desamparados por las instituciones municipales y autonómicas para defender la integridad de este histórico coso y su recuperación para uso social y cultural.
6.- Consideramos que nuestras instituciones no están dando el debido cumplimiento al artículo 46 de la Constitución española, que dice: “Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio”.
También consideramos que no se está dando el debido cumplimiento al artículo 2.3.2º del Estatuto de Autonomía de Andalucía, que dice: “… El acceso de todos los andaluces a los niveles educativos y culturales que le permitan su realización personal y social. Afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad”.
Por todo ello, SOLICITAMOS Que desde la institución del Defensor del Pueblo Andaluz se realicen las gestiones oportunas para que no se consume el derribo y la desaparición de la antigua plaza de toros de Ubrique, considerada patrimonioo histórico y cultural de la población, y que se inste a las diferentes instituciones a que asuman sus competencias en materia de defensa y protección del patrimonio histórico”.

Carriles, a hombros, en la antigua plaza de toros de Ubrique.
Actuación de Los Ratas en la antigua plaza de toros.
El Turronero y Carretero, condenados
Se da la circunstancia de que “El Turronero” y Carlos Carretero fueron condenados en 2011 por el caso de las bajas médicas fraudulentas.
El empresario ubriqueño José Luis López Fernández (conocido como El Turronero) ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz a dos años de prisión en la sentencia de la causa dimanante de las Diligencias Previas nº 812/2006, tramitadas en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cádiz, seguidas por delitos de falsedad documental, estafa y cohecho, en relación con el caso de las bajas médicas fraudulentas. La condena a El Turronero lleva aparejada la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y para empleo o cargo público durante el tiempo de la condena y multa de nueve meses con una cuota dia de 18 euros (lo que representa un importe total de 4.860 euros), más las costas procesales, como cooperador necesario de un delito continuado de falsedad en documento oficial (Art. 390.1.1,2,3 y 4 CP) en concurso medial con un delito continuado de estafa (Art. 248 y 249 CP), concurriendo la circunstancia atenuadora del Art. 65.3 CP, respecto del primero, y la atenuante como muy cualificada del Art. 21.5 CP, respecto del segundo. Por su parte, el ex jefe de la Policía Local de Ubrique Carlos Carretero ha sido condenado a cuatro años de prisión como cooperador necesario de un delito continuado de falsedad en documento oficial (Art. 390.1.1 ,2,3 y 4 CP) en concurso medial con un delito continuado de estafa (Art. 248 y 249 CP) del que es autor material y directo, concurriendo la circunstancia atenuadora del Art. 65.3 CP, respecto del delito de falsedad, y como muy cualificada la de reparación del daño causado (Art. 21.5 CP) respecto de la estafa, en concurso con un delito de cohecho (Art. 423 CP) y una multa de tres mil euros. Carretero también queda inhabilitado durante el tiempo de condena.


[Fuentes: Papeles de Historia y El Periódico de Ubrique]

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